Orgía contractual
¿Saben ustedes cuantos contratos laborales existen en este nuestro País? les relato: Contrato por Obra o Servicio Determinado; Trabajo Eventual por Circunstancias de la Producción; Trabajo de Interinidad; Trabajo de Relevo; Trabajo de Empleo de Personas con Discapacidad; Trabajo de Contrato en Prácticas; Trabajo para la Formación y el Aprendizaje; Trabajo a Tiempo Parcial; Contrato Fijo Discontinuo; Trabajo a Distancia; Contrato de Trabajo de Grupo, y para aumentar la coña tenemos el Contrato Temporal de Colaboración Social ¡¡¡ 12 Contratos Temporales !!!... y seguro que se nos olvida alguno.
A este circo laboral se añaden los Contratos Laborales de Carácter Especial: Alta Dirección; Artistas en Espectáculos Públicos; Deportistas Profesionales; Estibadores Portuarios; Trabajadores con Discapacidad que prestan sus servicios en Centros Especiales de Empleo; Representantes de Comercio; Servicio del Hogar Familiar y Abogados con Relación Laboral Especial ¡¡¡ otros 8 Contratos de Carácter Especial !!!.
Y para que el circo esté completo tenemos... algún Contrato de duración Indefinida: el normal, el de toda la vida, y que ahora llaman Indefinido Común; e igualmente tenemos el Indefinido de Apoyo a los Emprendedores (los empresarios de siempre), y el Contrato Indefinido para Personas Discapacitadas ¡¡¡ otros 3 !!!.
En breve, ELECCIONES: catarata de promesas incumplidas, emulando aquel programa televisivo ¡ Vamos a Contar Mentiras !. Probablemente la mayoría o ninguna, como con el actual Gobierno, se cumplan... aunque tal vez lo peor sería que algunas se cumplieran. Les cuento: a los chicos de la derecha civilizada, cual emprendedores políticos, como remedio al caos contractual, proponen lo que denominan Contrato Único, que afirman tendrá "indemnizaciones crecientes", FALSO, porque lo que conlleva son unas "indemnizaciones decrecientes". A estos chicos de CIUDADANOS se les olvida mencionar que este Contrato tendrá un techo indemnizatorio de 25 días/año, a partir de un mínimo de 8 días/año para ir creciendo hasta dicho techo..., después de 18 años de currele. Es decir, que lo que proponen los muchachos de Ralph Lauren - aunque, como casi todo lo que pregonan, luego lo modifiquen o maticen - es rebajar de facto la indemnización actual de 33 días/año a 25. Ni sus hermanos mayores, los Peperos, que inauguraron su Gobierno rebajando las indemnizaciones de despido de 45 a 33 días/año... se habían atrevido a tanto, sin duda para semejante propuesta se habrán acordado de la frase de Castiglione " demasiada sensatez en los jóvenes es mala señal ". Y pensar que esta tropa goza de intención de voto entre los españolitos... a mi me recuerda a Aristóteles " el miedo es un sufrimiento que produce la espera de un mal ". 
Huelga decir que a tan brillante propuesta laboral se ha apuntado de forma inmediata la CEIM, en breve lo hará la CEOE, lo hará el PP... mientras se retuercen de felicidad el Sr. Draghi y el resto de adláteres. Por fin, España sigue por el buen camino: seremos los precursores del despido gratuito.
¿Y qué nos van a proponer el resto? De PODEMOS, habrá que esperar un poquito, porque como cada idea política o económica que tienen la externalizan, dependerá del tiempo que les lleve a los sesudos contratados. Del PSOE, tampoco sabemos mucho, porque ahora andan un poco liados con eso de la regeneración, así que ¿qué les parece si les doy la mía?. Aunque solo sea para discutir, y sobre las discusiones, recuerden lo que decía Bierce " la discusión es un método que sirve para confirmar a los demás en sus errores ".
CONTRATO UNICO, SI: supresión absoluta de todos los contratos temporales, a excepción del contrato a tiempo parcial - que requerirá una exquisita formalización y fiscalización por parte de la Inspección de Trabajo, como medio para impedir que se continúe utilizando fraudulentamente -, y del contrato de interinidad por maternidad o ejercicio de cargo público.
Este Contrato Único no impedirá que se mantenga el despido libre - salvo cuando se violen Derechos Fundamentales -, pero cuando este se produzca la indemnización a abonar al despedido deberá ser a razón de 33 días/año. No se requerirá ninguna especial formalización del mismo, salvo para especificar condiciones contractuales que superen las existentes en el Convenio Colectivo de aplicación o en el propio Estatuto de los Trabajadores.
Ninguna incidencia tiene para la contratación de un trabajador cúal será en el futuro el coste de su despido: sencillamente porque nadie contrata con el horizonte de que este hecho se produzca. Lo que incide para la contratación o no de un trabajador es el coste que éste genera (salario, cotizaciones, impuestos, etc.), y es sobre este aspecto sobre el que hay que repercutir, rebajando el coste que a cualquier empresario le supone un trabajador, esto es lo que generará empleo y no el continuar rebajando la cuantía del despido que solo pretende favorecer a un empresario al que, de mantenerse el actual caos contractual, le resulta notablemente más rentable despedir mano de obra cara e indefinida y sustituirla por otra barata y precaria.
Se podrá argüir que no siempre una empresa prescinde de un trabajador por razones de mero beneficio, sino porque atraviese auténticas dificultades económicas, exista crisis de mercado o de producción, etc., en este caso simplemente se mantendrían los parámetros actuales: 20 días/año, siempre que se constatasen efectiva y realmente la existencia de tales causas, y para ello resulta imprescindible rescatar la figura de la Autoridad Laboral, como sujeto objetivo que pueda apreciar o no la existencia de estas circunstancias, desjudicializando tales supuestos que actualmente resuelven Jueces de lo Social que, en una inmensa mayoría, ni tienen ganas, ni tiempo, ni conocimientos como para apreciar el estado económico de una empresa o de un sector.
Esta es mi opinión, o como diría Lope de Vega " no hay cosa más fácil que dar consejo ni más difícil que saberlo tomar ". 
Ya me dirán...